El Tribunal Supremo ha establecido una doctrina unificada que permite a los trabajadores mayores de 52 años con una pensión de incapacidad permanente total (IPT) cobrar de forma simultánea dicha pensión y el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, siempre que cumplan los requisitos legales.
Hasta ahora, muchas solicitudes eran denegadas por el SEPE, que exigía que las cotizaciones necesarias para acceder al subsidio se hubieran generado después del reconocimiento de la incapacidad. Sin embargo, el Supremo ha aclarado que las cotizaciones previas a la incapacidad son plenamente válidas, evitando así que estos pensionistas queden sin protección si pierden un empleo compatible con su pensión.
Aspectos más destacados
Compatibilidad clave:
La pensión de incapacidad permanente total sí es compatible con el subsidio asistencial para mayores de 52 años, a diferencia del paro contributivo, que sigue siendo incompatible.
Uso de cotizaciones anteriores:
Basta con acreditar 15 años cotizados, aunque sean anteriores a la declaración de incapacidad, para acceder al subsidio. No es necesario “empezar a cotizar desde cero”.
Corrección de un criterio administrativo restrictivo:
El Tribunal Supremo rechaza la exigencia de una carencia especial posterior a la incapacidad, al considerar que la ley no contempla ese requisito para este subsidio.
Protección en la fase final de la vida laboral:
La doctrina evita un vacío de cobertura para quienes, tras reincorporarse al mercado laboral pese a su incapacidad, vuelven a quedarse en desempleo antes de la jubilación.
Refuerzo de derechos para un colectivo vulnerable:
La sentencia blinda la protección social de estos trabajadores y garantiza ingresos estables hasta que la pensión de incapacidad se transforme en pensión de jubilación.
El Supremo asegura que las cotizaciones de toda una vida laboral cuentan, evitando exigencias desproporcionadas y garantizando una red de seguridad económica para los pensionistas con incapacidad permanente total mayores de 52 años.
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